El Tribunal de Disciplina de la Liga Catamarqueña de Fútbol dio a conocer la Resolución N.º 035/2026, correspondiente al Torneo Clausura de Primera División, con fecha del 22 de octubre de 2026. La disposición incluye nuevas suspensiones, revisiones de sanciones anteriores y actuaciones vinculadas con una protesta presentada por Independiente de Huillapima contra Rivadavia de Huillapima.
La resolución fue emitida en el marco del Reglamento de Transgresiones y Penas y establece distintas medidas para los clubes y futbolistas involucrados.
Dos jugadores recibieron suspensiones
En el apartado de sanciones para la Primera División, el Tribunal dispuso las siguientes penalidades:
- Guillermo Nicolás Ramírez, de Vélez Sarsfield: una fecha de suspensión, conforme al artículo 207.
- Juan Cruz Soto, de Sarmiento: dos fechas de suspensión, de acuerdo con el artículo 201.
Investigación por una protesta de Independiente de Huillapima
Uno de los puntos centrales de la resolución está relacionado con el reclamo presentado por Independiente de Huillapima por la presunta inclusión indebida del jugador César Martín Luna, perteneciente a Rivadavia de Huillapima.
La protesta corresponde al encuentro disputado entre ambos equipos el sábado 16 de octubre, en la cancha de Independiente.
Ante esta situación, el Tribunal resolvió solicitar a Rivadavia de Huillapima que presente su descargo en ejercicio de su derecho de defensa. También requirió un informe a la Gerencia de la Liga Catamarqueña de Fútbol para que aporte información sobre el caso.
Asimismo, citó al futbolista César Martín Luna para que presente su descargo verbal o por escrito y dispuso su suspensión provisoria hasta que se emita una resolución definitiva.
Por lo tanto, el caso continúa en etapa de análisis y la medida adoptada no constituye una sanción definitiva sobre el fondo de la protesta.
Modificaciones en sanciones anteriores
La Resolución N.º 035/2026 también introdujo cambios en penalidades establecidas mediante la resolución anterior, identificada como T.D. N.º 034/2026.
En el caso de San Martín de Chumbicha, el Tribunal revisó las sanciones impuestas a dos futbolistas:
- Gabriel Orlando Castillo, carnet 434: se estableció una fecha de suspensión, conforme al artículo 204.
- Carlos Ernesto Luna, carnet 367: se fijó una sanción de dos fechas, de acuerdo con el artículo 201.
Según lo expresado en la resolución, las modificaciones se adoptaron luego de considerar los descargos presentados y las pruebas aportadas.
Por otra parte, para el Club Fiel, el organismo disciplinario resolvió reducir a una fecha la sanción de Franco Titos, carnet 080, en aplicación del artículo 207.
En el mismo club, se dejó sin efecto la penalidad impuesta a Aldo Lencina, carnet 198, al determinarse que había sido sancionado por error, dado que no había sido expulsado ni figuraba informado.
También corrigieron una sanción a Sarmiento
Otro de los puntos de la resolución fue dejar sin efecto la sanción que se había impuesto anteriormente al director técnico de Atlético Sarmiento, Aldo Ismael Quiroga, carnet 873.
El Tribunal explicó que la penalidad de tres fechas había sido aplicada erróneamente al entrenador, ya que el futbolista expulsado había sido Juan Cruz Soto. De esta manera, se corrigió la identificación de la persona alcanzada por la sanción.

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